En plena crisis de los alquileres, surgió un nuevo “cuento del tío” y advierten cómo evitar las estafas

  • Falsas inmobiliarias cobran entre 3.000 a 15.000 pesos para mostrar un departamento.
  • Pero después de este pago de anticipo, desaparecen.
  • También hay quienes muestran viviendas vacías que ni siquiera están en alquiler.

FUENTE DIARIO CLARÍN: https://www.clarin.com/sociedad/plena-crisis-alquileres-surgio-nuevo-cuento-tio-advierten-evitar-estafas_0_JZDyTI6xhn.html

“Las visitas se coordinan, sin excepción, con previa reserva (seña) con el propietario”, es lo que dice un supuesto agente inmobiliario a personas interesadas en un alquiler publicado en Facebook. Los usuarios denuncian que luego de dar un adelanto la persona desaparece y borra la publicación. Son varios los usuarios que han denunciado esta estafa en las últimas semanas.

Pese a que la Ley de Alquileres se derogó, la crisis por conseguir un departamento en la ciudad Autónoma de Buenos Aires sigue. Y es que ahora sin una regulación se dejó el acuerdo de tiempo de contrato y ajustes a la negociación de dueño e inquilino, que no siempre es justo, según denuncia la organización Inquilinos Agrupados.

En Marketplace y en grupos de Facebook, varios inquilinos han denunciado que hay cuentas que ofrecen departamentos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y piden un anticipo para poder ir a ver el lugar. Su excusa, en su mayoría, es que se pide el monto para garantizar que el inquilino asista a la cita.

Ximena Lanza fue una de las víctimas. Comentó a Clarín que en su caso le dijeron que tenía que depositar 6.000 pesos para reservar la cita. La persona con la que se contactó se identificó como un agente inmobiliario y aseguró que los dueños no viven en la ciudad, por lo que solo estarán un día y para garantizar que no vayan en vano hacen esta solicitud.

“La propietaria pide una seña para ir a hacer la visita. En caso que cuando lo vea no quiera reservar se le devuelve el dinero”, le dijeron a Lanza. Ante la presión de que había varios interesados y que le podrían ganar la posibilidad de alquilarlo, ella aceptó.

«Ese momento pensás que es buena opción, cuando entrás a grupos ves que hay varios que preguntan entonces temés que te ganen, con lo difícil que es conseguir un buen departamento a un precio aceptable, con la inflación encima», destaca. Cuando llegó el día acordado, fue a la dirección, pero no encontró a nadie y ya no le respondieron. Luego denunció la publicación y se enteró que no fue la única que cayó con ese engaño.

Sin posibilidades de incrementar sus ingresos y con los días contados en el lugar donde vive, «uno entra en desesperación por encontrar un alquiler», remarca Lanza. Esta zozobra es usada por estafadores para pedir una seña a los interesados en un departamento antes de verlo y así robarles dinero.

También los estafadores crean varios perfiles falsos para generar confianza en la persona que trata de alquilar y ahí engañarla. Verónica López comentó que puso su aviso de búsqueda de departamento en un grupo de Facebook y en el primer día varias personas le escribieron, tanto en su publicación como a su chat personal, recomendando un lugar.

“Es bueno, yo alquilo ahí, recomendable”. Ella creyó en las recomendaciones y al contactarlo le pidió una seña de 15.000 pesos para reservarle el departamento hasta el día que lo vaya a ver. Ella accedió, pero cuando llegó la fecha en que acordaron reunirse, el supuesto propietario tampoco se presentó y no la contactó más.

Estas estafas ocurren con frecuencia y no solo en CABA, según comenta el administrador de un grupo de alquileres en Facebook Sergio Balzano. Él narra que conoce de casos similares en la Costa y que incluso ahora vio que los estafadores usan fotografías o el DNI de otras personas para cometer estos crímenes.

“Hace un rato acabo de leer en otros grupos donde una señora está recibiendo injurias de parte de un usuario de Facebook que la está acusando de haberle robado y de ser estafadora; y al parecer a esta señora le han robado las fotos de su propiedad en alquiler, de sus publicaciones junto con los datos y la foto de perfil”, relata Balzano.

Acota que entre los diferentes casos que ve cada día también notó que hay quienes piden el 50% del alquiler para “reservar” la propiedad sin que el inquilino la haya visto. Un hecho así le ocurrió a Mariel Pacheco que depositó 100.000 pesos para reservar el departamento sin conocerlo, dado que no reside en CABA. Luego de haber pagado, el supuesto propietario borró la publicación y la bloqueó.

El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Argentina, Ivan Ginevra, remarcó a Clarín que bajo ninguna circunstancia en el procedimiento regular de alquileres se pide una seña o anticipo para mostrar un departamento.

Estafas con departamentos deshabitados
Otro caso que denuncian los internautas es de personas que además de hacerse pasar como dueños, muestran departamentos vacíos para estafar. En estos casos, luego de enseñarte el lugar, te piden un adelanto para cerrar el trato y cuando acuerdan una cita con el escribano, desaparecen y en el edificio aseguran no conocer a la persona con la que te contactaste.

Esto le pasó a Karen Hernández. Según contó a este diario, pese a estar al tanto de los engaños, igual cayó en uno. Ella relató que pudo ir a ver el departamento y le dijeron que si lo quería tenía que hacer un depósito para asegurarlo y que borren la publicación. “Ellos te entregan un recibo de que pagaste, firmado y te dan una cita para firmar el contrato para oficializarlo”, relata.

Al acudir al escribano, Hernández se topó con que no había ninguna cita programada y al tratar de contactarlos nuevamente ya no le contestaron más. Al volver a la dirección del departamento, le dijeron que ese lugar está desocupado desde hace tiempo y no conocen a la persona que ella contactó.

Ante la crecida de estos casos, Balzano trata siempre de recomendar a los miembros de su grupo de alquileres de Facebook que no entreguen dinero sin antes ver el departamento e incluso pedir una constancia de que quien les muestra el lugar es el verdadero propietario o alguien autorizado. Como él, varios internautas piden desconfiar de publicaciones que anuncien precios bajos en zonas céntricas e imágenes de lugares nuevos.

Índice de aumento para alquileres: cómo calcular el ICL

Los aumentos en su mayoría serán entre un 55% y 58%.

Este es el cálculo que deberías hacer para estimar la actualización del valor del contrato de alquiler en una renovación anual.

Las tarifas de la segunda mitad del año 2022, las cuales tuvieron aumentos en medicina prepagas, luz y agua, también incluyen modificaciones para los locatarios que cumplan un año de contrato de alquiler, tal como lo establece la Ley de Alquileres (27.551); los inquilinos que cumplen su primer año sufrirán un ajuste que oscilará entre el 55% y el 58%.

Para poder saber cuánto aumento el alquiler, tanto los propietarios como los inquilinos pueden consultar el Índice de Contratos de Locación (ICL) que publica todos los días el Banco Central (BCRA) en su sitio oficial.

Este indicador contempla la variación de la inflación (según el IPC que mide el Indec) y los salarios, de acuerdo con la remuneración promedio de los trabajadores estables (Ripte).

Ley de alquileres

Según la vigente ley, el plazo mínimo para los contratos de alquiler es de 3 años. En los contratos de inmuebles, el precio del alquiler se debe fijar como valor único, por períodos mensuales y solo se pueden realizar ajustes anuales.

Los ajustes se tienen que hacer a partir de un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el BCRA. Es decir, cada 12 meses los inquilinos deberán afrontar una suba en base a los aumentos salariales y la inflación, siempre sobre el valor original del alquiler.

Los contratos actuales permiten el aumento del alquiler de una manera anual.

Calcular el aumento del contrato

Para poder aplicar el ajuste en base al Índice de Contratos de Locación (ICL), se debe utilizar una fórmula teniendo en cuenta el valor de dos fechas: la del inicio del contrato y en la que se hará el aumento.

El índice se puede consultar en http://bcra.gob.ar/, luego hacer click en la pestaña “estadísticas” y después en “principales variables”. La opción «ICL» se encuentra en el final de la lista.

El usuario deberá seleccionar las fechas de inicio y finalización del período que se quiere consultar. Primero se debe colocar la fecha en la que se firmó el contrato, para saber cuál era el índice en ese momento, y en la que se hará el ajuste.

Tomar el precio actual del alquiler y dividirlo por el valor del índice con fecha de inicio del contrato. Por último, se debe multiplicar ese monto por el índice de la fecha en la que cambia la cifra del alquiler.

Para finalizar, la fórmula que se debe aplicar es el total del alquiler dividido por el índice con fecha de cuando se firmó el contrato, multiplicado por el índice del día en que se aplica el aumento sobre el mismo. Ese valor que arroje será el importe del alquiler que el inquilino deberá abonar durante todo el año.

Procrear 2020. Requisitos para obtener el crédito

El Gobuerno lanzó el nuevo Plan Procrear 2020 con diferentes lineas en el cual se estima que demandará una inversion de 25000 millones.

El nuevo ProCreAr otorgará 300 mil créditos para la construccion, refaccion, ampliacion y mejoramietno de viviendas y se construiran unas 44 mil nuevas viviendas. El crédito se enmarcará en la nueva formula “HogAr” que se ahusta al aumento de los sueldos y no a la inflación como su antececesor “Uva”.

Desde el Ministerio de Desarrollo Territorial se aclaró que los nuevos crédito amplian sus requisitos para poder llegar a mas Argentinoso en todo el pais, incluso a familias monoparentales y de bajos recursos.
Dichos créditos procrear se dividen en dos grandes lineas: Créditos Personales Créditos Hipotecarios.

Créditos Personales Procrear 2020

Los creditos personales están destinados al mejoramiento de las viviendas. Éstos se diviven en cuatro ramas:

  • Microcréditos
  • Refacción
  • Sustentables
  • Gas

Créditos Hipotecarios Procrear 2020

  • Desarrollos Urbanísticos
  • Lotes con Servicios
  • Desarrollos Habitacionales
  • Línea Construcción
  • Línea Ampliación

Por el momento se encuentra abierta la inscripcion solamente a la linea de los Credito Personales para MicrocréditoRefaccion de Viviendas

Microcréditos

Créditos de hasta 50000 pesos con una tasa de interés fija del 24%. Se otorgarán un total de 120.000 microcréditos en todo el territorio nacional. Esta orientado para la compra de materiales para realizar arreglos menores y mejoramiento de las viviendas

Refacción de Viviendas

Créditos de 100 mil, 250 mil y 500 mil pesos con una tasa de interés fija del 24%. Se otorgarán un total de 70000 creditosy su alcanze es todo el territorio nacinal. Está orientado a mejorar las condiciones de la vivienda mediante tres opciones: Refacción, Gas (con un TNA de 16%) y Sustentables.

¿Cuándo empiezan los creditos Procrear 2020?

La inscripción a los distintos creditos se abrirá paulativamente. Comenzando con 4/8 con los microcréditos y refacción de viviendas¿A quién está dirigido el crédito ProCreAr?

A todos los Argentinos que vivan en el territorio nacional y que califiquen para la compra de terreno, vivienda o mejorar la misma.¿Cómo me inscribo en el Plan Procrear?

La inscripción se encuentra abierta para Microcreditos y Refacción de Viviendas desde el Martes 4 de Agosto. Se abrirá la inscripcion a los demás créditos paulativamente.¿Dónde me inscribo al Plan Procrear?

Si desea hacerlo diríjase a https://www.argentina.gob.ar/habitat/procrear y elija la opción que mas de adapte a sus necesidades

Las 10 claves de la nueva Ley de Alquileres

Las 10 claves de la nueva Ley de Alquileres

La norma, que había recibido media sanción de la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado fue sancionada esta semana por el Senado y prevé flexibilizar las exigencias para inquilinos al permitirles presentar dos opciones de garantía y extender los plazos del contrato

Entre los cambios que tendrán los inquilinos se incluye que el mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente. (Shuttertock)

El Senado sancionó esta semana la nueva ley de alquileres, que prevé beneficios para nueve millones de inquilinos de todo el país, en una nueva sesión virtual que se llevó a cabo el último jueves.

La nueva ley de alquileres había recibido media sanción de la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado y prevé flexibilizar las exigencias para inquilinos de todo el país al permitirles presentar dos opciones de garantía y extender los plazos del contrato de dos a tres años.

En tanto, la norma modifica el Código Civil y Comercial de la Nación y establece nuevas reglas para los contratos de locación que benefician a los inquilinos, como el aumento de los años de duración de los convenios y la obligación de proponer dos garantías a elegir por el propietario.

Lo primero que hay que tener en cuenta es el nuevo cálculo del precio del alquiler de un inmueble. Hasta ahora, los valores de los alquileres se definían cuando se firmaba el contrato, un precio total que se dividía por los 24 meses de duración del alquiler y que en general se pactaba con incrementos semestrales.

A partir de la nueva ley, los alquileres se ajustarán una vez por año con una fórmula compuesta en un 50% por la evolución de los salarios (el índice Ripte) y 50% por la evolución de la inflación que mide el Indec (IPC).

Los datos del último relevamiento de la plataforma de propiedades Zonaprop revelan que alquilar un departamento de dos ambientes en la ciudad de Buenos Aires cuesta, en promedio, $19.410 por mes, con una suba de 9,1% en lo que va del año. Durante 2019 el aumento de los alquileres fue del 33% en promedio contra una inflación de 53,8% en el mismo período.

Lo segundo a tener en cuenta es la entrada en vigencia de la nueva ley. En ese sentido, como todavía no fue publicada en el Boletín Oficial no se sabe con certeza cuándo comenzará a regir.

La disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y serán aplicables para los contratos que se celebren a partir de su entrada en vigencia”, señala el Artículo 23 de la nueva Ley de Alquileres.La intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario, según señala la nueva ley de alquileres.

En tercer lugar, cabe considerar que entre los cambios que tendrán los inquilinos se incluye que el mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente.

El cuarto punto a tener en cuenta es que el plazo mínimo del contrato se amplía de dos a tres años, con las excepciones del artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación.

En quinto lugar se debe tener en cuenta que se establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El sexto punto a destacar es que aquellas expensas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición quedan a cargo del locatario mientras que las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.El mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente

En séptimo lugar es menester tener en cuenta que en cuanto a la garantía, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos).

Sobre el valor de la garantía, el locador no puede requerir garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo el caso de que la garantía sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a diez veces.

El octavo ítem a considerar es que la intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.Sobre el valor de la garantía, el locador no puede requerir garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación

El noveno ítem tiene que ver con la disposición del desarrollo de mecanismos de bajo costo o gratuitos para la resolución de conflictos derivados de los contratos de locación.

Por último, se crea el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contratación formal; entre ellas: la especial consideración de las personas en situación de violencia de género, la regulación de la actividad de las entidades que otorgan garantías de fianza o seguros de caución, la promoción de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de alquileres y las indemnizaciones por daños y ocupación indebida de inmuebles.

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Nueva ley de Alquileres

Se promulgó la ley de Alquileres: todo lo que hay que saber sobre los nuevos beneficios para los inquilinos

La norma fue sancionada por el Congreso y promulgada este martes. Impacta en nueve millones argentinos que alquilan en todo el país

En medio de la pandemia de coronavirus y a través de una sesión virtual que resultó inédita, el Congreso sancionó en junio la nueva ley de alquileres que fue promulgada este martes por el Poder Ejecutivo bajo el número 27.551.

“Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y serán aplicables para los contratos que se celebren a partir de su entrada en vigencia”, señala el artículo 23 de la nueva Ley de Alquileres.

De esta manera, todos los contratos de alquiler que se firmen a partir de ese momento gozarán de los beneficios y prerrogativas incluidos en la ley. Mientras que los contratos que se encuentran en curso, hasta la fecha de su vencimiento, no tendrán modificación alguna.

La ley había recibido media sanción de la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado, flexibiliza las exigencias para inquilinos de todo el país al permitirles presentar opciones de garantía y extender los plazos del contrato de dos a tres años.

La norma modifica el Código Civil y Comercial de la Nación y establece nuevas reglas para los contratos de locación que benefician a los inquilinos.La norma modifica el Código Civil y Comercial de la Nación y establece nuevas reglas para los contratos de locación que benefician a los inquilinos

Lo primero que hay que tener en cuenta es el nuevo cálculo del precio del alquiler de un inmueble. Hasta ahora, los valores de los alquileres se definían cuando se firmaba el contrato, un precio total que se dividía por los 24 meses de duración del alquiler y que en general se pactaba con incrementos semestrales.

A partir de la nueva ley, los alquileres se ajustarán una vez por año con una fórmula compuesta en un 50% por la evolución de los salarios (el índice Ripte) y 50% por la evolución de la inflación que mide el Indec (IPC).

Hasta ahora, los valores de los alquileres se definían cuando se firmaba el contrato, un precio total que se dividía por los 24 meses de duración del alquiler y que en general se pactaba con incrementos semestrales.

Cabe considerar que entre los cambios que tendrán los inquilinos se incluye que el mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores que el equivalente a un mes de alquiler, respectivamente.

Asimismo, el plazo mínimo del contrato se amplía de dos a tres años, con las excepciones del artículo 1.199 del Código Civil y Comercial de la Nación.

En tanto, se debe tener en cuenta que se establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Con respecto a las expensas, aquellas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición, quedan a cargo del locatario, mientras que las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.Entre los cambios que tendrán los inquilinos se incluye que el mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores que el equivalente a un mes de alquiler, respectivamente

En cuanto a la garantía, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos).

Sobre el valor de la garantía, el locador no puede requerir garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo cuando la garantía sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a diez veces.

Hay que considerar que la intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.<b>Con respecto a las expensas, aquellas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición, quedan a cargo del locatario, mientras que las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador</b>

La nueva ley dispone del desarrollo de mecanismos de bajo costo o gratuitos para la resolución de conflictos derivados de los contratos de locación.

Asimismo, se crea el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contratación formal; entre ellas: la especial consideración de las personas en situación de violencia de género, la regulación de la actividad de las entidades que otorgan garantías de fianza o seguros de caución, la promoción de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de alquileres y las indemnizaciones por daños y ocupación indebida de inmuebles.

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